Micelio
Auto9 de noviembre de 2017

A- de 2017

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Victor Manuel Aleman·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Factor territorial
  • Competencia a prevención
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cincuenta y Seis Penal del Circuito de Bogotá (Programa de Descongestión OIT) y el Juzgado primero de Familia de Zipaquirá.

Considera la Corte que el despacho judicial de Bogotá al negarse a conocer la acción de tutela de la referencia, desconoció las reglas de competencia establecidas en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, en virtud de las cuales, y con base en el criterio a prevención, debía resolverla en primera instancia, por tratarse de la autoridad judicial elegida por el actor y con jurisdicción en el lugar donde se produjo la presunta vulneración o amenaza de los derechos fundamentales invocados.

Se ordena enviar el expediente al precitado juzgado, para que de manera inmediata asuma el conocimiento del mismo y adopte la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 18 de julio de 2017, proferido por el Juzgado Cincuenta y Seis Penal del Circuito de Bogotá D.C. (Programa de Descongestión OIT), dentro de la acción de tutela formulada por Víctor Manuel Alemán contra la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3060 al Juzgado Cincuenta y Seis Penal del Circuito de Bogotá D.C. (Programa de Descongestión OIT), para que de manera inmediata asuma el conocimiento y resuelva en sede de instancia la acción de tutela de la referencia.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la presente decisión a las partes y al Juzgado
  4. Primero. de Familia de Zipaquirá (Cundinamarca).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.